Estimados miembros de la Comunidad Educativa de nuestro Colegio.
Este año toca renovar el Órgano Colegiado del Consejo Escolar en su totalidad. Las personas que han formado parte del mismo han colaborado en la toma de decisiones sobre aspectos fundamentales de la vida del Colegio, tales como su economía, aprobación protocolo Covid, el control de los resultados académicos… aspectos en suma esenciales en el buen funcionamiento del Centro.
Quiero
expresar mi más sincero agradecimiento a todas estas personas que han
colaborado durante este periodo.
Para elegir a los nuevos representantes de la Comunidad en este
próximo año es necesario realizar una serie de acciones, las cuales les detallo
a continuación
ACLARACIONES:
1. LA JUNTA ELECTORAL, está compuesta:
·
La persona que ejerza la dirección del centro, que ostentará la Presidenta
· Un miembro del profesorado, que actuará como Secretario o Secretaria.
· Una madre, padre o representante legal del alumnado. (Se elige por sorteo público)
·
Una persona representante del personal de administración y servicios.
2. MESA ELECTORAL
No podrán formar parte de las mesas electorales las personas que hayan presentado
candidaturas por el sector
correspondiente.
La mesa electoral estará
integrada por:
·
El titular de la Dirección
del Centro que actuará como Presidente/a de la Mesa electoral.
· Cuadro madres,
padres o representantes legales del alumnado designados
por sorteo público,
ejerciendo la secretaría el de menor edad entre éstos/as.
El sorteo se realizará al menos cinco días hábiles antes de la
celebración de la votación. La
Junta Electoral comunicará el resultado del sorteo a los miembros elegidos para formar parte de la Mesa Electoral.
En el sorteo se designará el número suficiente de suplentes de la Mesa
electoral para que quede garantizada la composición de la misma.
Podrán actuar como supervisores de la votación los padres, madres y
representantes legales
del alumnado matriculado en el centro
propuestos por una asociación de madres y padres del alumnado del mismo o avalados
por la firma de, al menos, diez electores.
3.
VOTO
Los padres, madres y representantes legales del alumnado
podrán optar por la modalidad
de VOTO NO PRESENCIAL según se recoge
en el artículo 11 de la Orden de 7 de octubre
de 2010.
Cada elector podrá hacer constar en su papeleta, como máximo, tantos
nombres como puestos a cubrir,
descontando, en su caso, el de la persona designada por la asociación de madres y padres más representativa.
En el caso de elegir la modalidad
“VOTO NO PRESENCIAL” los
padres, madres y representantes
legales del alumnado podrán participar en la votación enviando su voto a la Mesa Electoral del centro antes de la realización del escrutinio, por correo certificado o entregándolo al Director o Directora del Centro, que lo custodiará hasta su traslado a la correspondiente Mesa
Electoral, de conformidad con el artículo 11 de la Orden de 7 de octubre
de 2010.
ATENTAMENTE
El Director del Centro.
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